IVA devengado y deducible: diferencias y cómo se calcula
Son dos de los términos que más lían a cualquier autónomo que empieza a facturar. Aquí te explicamos, con ejemplos, qué es cada uno y cómo se combinan para calcular lo que pagas a Hacienda cada trimestre.
¿Qué es el IVA devengado?
El IVA devengado es el IVA que tú, como autónomo o empresa, cobras a tus clientes al emitir una factura por tus ventas o servicios. Se llama "devengado" porque nace la obligación de declararlo en el momento en que se realiza la operación (aunque el cliente todavía no te haya pagado).
Ejemplo: facturas 1.000 € + 21% de IVA a un cliente. Esos 210 € son IVA devengado: es dinero que has cobrado de más por cuenta de Hacienda, no es tuyo.
¿Qué es el IVA deducible?
El IVA deducible es el IVA que tú pagas a tus proveedores al comprar bienes o servicios necesarios para tu actividad. Puedes restarlo del IVA devengado antes de ingresarlo a Hacienda.
Ejemplo: compras un ordenador para trabajar por 500 € + 21% de IVA. Esos 105 € son IVA deducible.
IVA devengado y deducible: la diferencia clave
| IVA devengado | IVA deducible | |
|---|---|---|
| ¿Quién lo genera? | Tus ventas / facturas emitidas | Tus compras / facturas recibidas |
| ¿De quién es el dinero? | De Hacienda (lo cobras por su cuenta) | Tuyo (lo has pagado y lo recuperas) |
| ¿Dónde se declara? | Modelo 303, casillas de IVA repercutido | Modelo 303, casillas de IVA soportado |
Devengado = lo que cobras (repercutes) a tus clientes. Deducible = lo que pagas (soportas) a tus proveedores. Lo que ingresas a Hacienda cada trimestre es la diferencia entre ambos.
Cómo se calcula lo que pagas a Hacienda
La fórmula del modelo 303 es sencilla:
IVA a ingresar = IVA devengado − IVA deducible
Ejemplo práctico de un trimestre:
- Facturas emitidas: 10.000 € + 2.100 € de IVA (devengado)
- Gastos del trimestre: 3.000 € + 630 € de IVA (deducible)
- A ingresar: 2.100 € − 630 € = 1.470 €
Si el IVA deducible es mayor que el devengado (por ejemplo, hiciste una inversión grande ese trimestre), el resultado es negativo: puedes compensarlo en trimestres siguientes o pedir la devolución en el último trimestre del año.
¿Qué gastos tienen IVA deducible?
No todo el IVA que pagas es deducible. Para serlo, el gasto debe estar afecto a tu actividad económica y cumplir los requisitos formales (factura completa, no simplificada, con tus datos fiscales):
- Material de oficina y equipos informáticos
- Alquiler de local afecto a la actividad
- Suministros (luz, internet, teléfono) si trabajas desde casa, de forma proporcional
- Servicios profesionales (gestoría, abogados, diseño)
- Vehículo afecto a la actividad: deducible al 50% salvo actividades específicas (transporte, comerciales) que permiten el 100%
Un tique o factura simplificada (sin tus datos fiscales) no te permite deducir el IVA en la mayoría de los casos. Pide siempre factura completa a nombre de tu actividad.
Este artículo tiene fines divulgativos. La fiscalidad y las finanzas personales dependen de tu situación concreta. Consulta siempre con un asesor fiscal o financiero antes de tomar decisiones.